Según lo establecido en el artículo 7 de la Resolución General 2161/2006, a partir del 01/02/2007, inclusive, es obligatorio el uso de Volantes Electrónicos de Pago para la cancelación de liquidaciones aduaneras de exportación motivo "LAEX" que no se encuentren vencidas.
Esta nueva metodología tiene por objeto facilitar al declarante la cancelación de dichas liquidaciones aduaneras, mediante transferencia electrónica de fondos desde una cuenta de cualquier entidad bancaria.